7 de agosto de 2006

Sobre la privacidad y la confidencialidad como Derecho Humano

Por Ángela Botero

La privacidad, la confidencialidad, el secreto profesional, se tienen que asegurar desde el sistema sanitario, así lo exige el derecho número 4 de la carta de Derechos en Salud Sexual y Reproductiva (DSYSR). Además en este derecho se explícita que: el derecho a la privacidad es innegociable y que todos los servicios en Salud Sexual y Preproductiva deben ser confidenciales”.

Pero desgranemos ahora el contenido de este enunciado que impele no sólo a las profesionales de la salud sino a la propia familia, a la propia sociedad, para que proteja a las personas frente a casos que, por estar relacionados con la sexualidad son tabú y, por tanto se convierten en elementos discriminadores de las personas que tienen que guardar un secreto relacionado con su estado de salud. Todos los seres humanos tenemos derecho a tener secretos y todos los servicios a los que damos información íntima, personal, tienen la obligación de proteger nuestros datos.

¿Ahora, por qué tanto secretismo?, pues porque la doble moral y la discriminación campean libremente por las conciencias que castigan a las personas que padecen enfermedades o que simplemente por no seguir los códigos de conducta heterosexual, tienen que mentir para conseguir un trabajo, por ejemplo. Es por eso, por el castigo social que se ha hecho más necesario reglamentar la protección de los datos, si estos salieran a la luz, seguro que afectaría a muchas personas que no quieren, ni tienen por qué publicar su historial de salud y mucho menos si se trata de su historia sexual.

Mucha gente y, sobre todo los y las jóvenes, que pasan por la consulta cuentan que cuando van al médico de cabecera, no cuentan por ejemplo, que han tenido relaciones sexuales porque se daría cuenta su madre, con lo cual, cuando las madres acompañan a sus hijas a sus visitas médicas, estas se ven obligadas a ocultar datos para que no les echen la bronca. Además dicen “es que como su nombre lo indica: un medico o una médica de familia es de familia y quieras que no, toda la familia se entera”, Yo no le pido la Anticoncepción de Emergencia a mi médico de cabecera, pues primero, no me la daría y en segundo, seguro que mi mamá se enteraría, es que algunos son muy imprudentes y preguntan o hacen referencia a cosas intimas sexuales delante de la familia”.

La ética profesional nos exige no sólo prudencia, sino reserva y discreción frente a la información que recibimos en el ejercicio de nuestra labor profesional. Es imprescindible hacer énfasis en esto, pues es muy diciente el que cuando se atienden casos que requieren información sobre la trayectoria sexual, la primera pregunta es, ¿para qué me pregunta eso, qué hacen con esos datos, no se los darán a alguien, no?. Al principio, la pregunta ofende, pero son fundamentos razonables, ya que mucha gente desconoce este derecho, lo ha sentido vulnerado o temen que sus intimidades salgan a la luz. Por eso, aunque la pregunta pone en entredicho esta parte de la ética profesional, es menester asegurar a las y los usuarios que sus datos son confidenciales al 100%.

Hay un dicho que yo repito en la consulta que dice “lo que diga aquí, lo que vea aquí, lo que escuche aquí, déjelo aquí porque es de aquí”.

Para cerrar esta reflexión citaré algunos casos. Una madre visitó la consulta para preguntar a qué había venido su hija, también llamó una profesora a preguntar por sus alumnas y, lo más increíble fue que también lo hizo una trabajadora social, pero ustedes ya saben la respuesta: Que no es no, y no hay excepciones ya que las y los usuarios pueden demandar jurídicamente a quien revele su historia clínica, en definitiva, y con base en la ley 41/2002 “El menor maduro tiene los mismos derechos a la protección de datos de carácter personal que los adultos, con las mismas garantías”